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Construcción

Prevención de riesgos laborales en construcción

La prevención de riesgos laborales en construcción exige cumplir una normativa propia y coordinar a todas las empresas de la obra. En Unión Gestora ayudamos a constructoras, contratas y subcontratas de Barcelona y Cataluña. Nos encargamos del plan de seguridad y salud, la coordinación de actividades y la formación por oficio. Además, dejamos tu documentación preparada para la Inspección de Trabajo.

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Prevención de riesgos laborales en construcción: por qué es distinta

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales se aplica a todas las empresas. Sin embargo, las obras tienen además una normativa específica. Por un lado, el RD 1627/1997 fija las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras. Por otro, la Ley 32/2006 regula la subcontratación en el sector. A ello se suman los contenidos formativos del Convenio General del Sector de la Construcción.

La construcción es uno de los sectores con mayor siniestralidad laboral. Además, en una misma obra trabajan a la vez varias empresas. Por eso, la prevención de riesgos laborales en construcción no se resuelve con una evaluación genérica. Necesita documentación viva que acompañe cada fase de la obra.

Obligaciones de seguridad y salud en la obra

Antes de empezar, cada obra debe contar con estos documentos y figuras:

  • Estudio o estudio básico de seguridad y salud, que el promotor incluye en el proyecto.
  • Plan de seguridad y salud de cada contratista, aprobado antes del inicio de la obra.
  • Coordinador de seguridad y salud cuando trabaja más de una empresa o hay autónomos.
  • Libro de incidencias para controlar y seguir el plan de seguridad.
  • Comunicación de apertura del centro de trabajo ante la autoridad laboral.
  • Recurso preventivo presente en los trabajos que exige la normativa.

Subcontratación en obra: REA y Libro de Subcontratación

Para trabajar en obra como contrata o subcontrata, la empresa debe estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas (REA). También tiene que acreditar su organización preventiva y contar con personal formado. Por su parte, el contratista debe llevar el Libro de Subcontratación de cada obra. Asimismo, tiene que respetar los niveles máximos de subcontratación de la Ley 32/2006. Nosotros te ayudamos con la inscripción, la renovación y el control documental de toda la cadena.

Formación en prevención de riesgos laborales para la construcción

El Convenio General del Sector de la Construcción exige una formación inicial en prevención. Además, cada trabajador necesita una formación específica según su oficio o puesto. Por ejemplo, albañilería, encofrados, electricidad u operación de maquinaria. Esta formación se acredita con la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC). Por otro lado, los recursos preventivos y los mandos intermedios necesitan formación de nivel básico. Así, revisamos qué le falta a cada trabajador y organizamos la formación sin frenar la obra.

Riesgos laborales más frecuentes en construcción

Estos son los riesgos más habituales en una obra:

  • Caídas en altura desde andamios, cubiertas, forjados, huecos y escaleras de mano.
  • Caída de objetos y derrumbes en excavaciones, zanjas y demoliciones.
  • Atrapamientos y golpes con maquinaria de obra, grúas y equipos de elevación.
  • Riesgo eléctrico por instalaciones provisionales y líneas en tensión cercanas.
  • Exposición a agentes como polvo de sílice, ruido, vibraciones o amianto.
  • Sobreesfuerzos por manipulación manual de cargas y posturas forzadas.
  • Concurrencia de empresas en un mismo tajo sin una coordinación adecuada.

Cómo trabajamos la prevención de riesgos laborales en construcción

Nuestro servicio de prevención de riesgos laborales en construcción cubre todo el ciclo de la obra:

  • Evaluación de riesgos laborales por puesto y oficio, adaptada a cada tipo de obra.
  • Plan de seguridad y salud, con seguimiento y actualización según avanza la obra.
  • Coordinación de actividades empresariales (CAE) con promotores, subcontratas y autónomos.
  • Formación por oficio y TPC, incluidos trabajos en altura, espacios confinados y maquinaria.
  • Vigilancia de la salud con protocolos médicos para los riesgos de la obra.
  • Gestión del REA, investigación de accidentes y apoyo ante la Inspección de Trabajo.

Prevención de riesgos laborales en otros sectores

¿Tu empresa tiene otras actividades además de la obra? También te ayudamos en hostelería, industria, logística y sanidad. Consulta todos los sectores en los que trabajamos.

Da el siguiente paso con Unión Gestora

Cuéntanos qué tipo de obras realizas y cuántos trabajadores tienes. Indícanos también si trabajas como contratista o como subcontrata. Después, revisamos la documentación de seguridad y salud de tu próxima obra. Por último, te proponemos un plan de prevención de riesgos laborales en construcción adaptado a tu empresa.

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FAQ

Preguntas frecuentes sobre prevención de riesgos laborales en construcción

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¿Qué normativa de prevención se aplica a las obras de construcción?

La prevención de riesgos laborales en construcción parte de la Ley 31/1995. Además, las obras se rigen por el RD 1627/1997 de seguridad y salud en obras de construcción. También se aplican la Ley 32/2006 de subcontratación y su reglamento, el RD 1109/2007. Por otro lado, el RD 171/2004 regula la coordinación de actividades empresariales. Por último, el Convenio General del Sector fija la formación obligatoria.

¿Cuándo es obligatorio el estudio de seguridad y salud y cuándo basta el estudio básico?

El estudio de seguridad y salud es obligatorio cuando se da alguno de estos casos:

  • Presupuesto de ejecución por contrata igual o superior a 450.759,08 €.
  • Más de 30 días laborables con más de 20 trabajadores a la vez.
  • Más de 500 jornadas de mano de obra.
  • Obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

En el resto de obras basta con un estudio básico de seguridad y salud.

¿Quién tiene que elaborar el plan de seguridad y salud de la obra?

Lo elabora cada contratista a partir del estudio o estudio básico del proyecto. Así, adapta las medidas a sus propios métodos de trabajo. Después, el coordinador de seguridad y salud lo aprueba antes de empezar los trabajos. Si no hace falta coordinador, lo aprueba la dirección facultativa. Además, el plan debe estar en la obra y actualizarse cuando cambian los trabajos.

¿Cuándo hay que nombrar un coordinador de seguridad y salud?

El promotor debe nombrarlo en fase de ejecución cuando interviene más de una empresa. También cuando trabajan una empresa y autónomos, o varios autónomos. En fase de proyecto, es obligatorio si participan varios proyectistas. Sin embargo, su nombramiento no exime al promotor ni a los contratistas de sus responsabilidades.

¿Qué formación en PRL necesitan los trabajadores de la construcción?

El Convenio General del Sector de la Construcción exige una formación inicial y otra específica por oficio o puesto. Esta formación se acredita con la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC). Además, los recursos preventivos y mandos intermedios necesitan formación de nivel básico. Por eso, te ayudamos a detectar qué necesita cada trabajador y a organizar la formación.

¿Qué es el REA y quién tiene que inscribirse?

Es el Registro de Empresas Acreditadas, obligatorio para trabajar como contrata o subcontrata en obras de construcción. La inscripción se hace ante la autoridad laboral de la comunidad donde está el domicilio social. Además, tiene una validez de tres años y hay que renovarla. Sin ella, la empresa no puede trabajar en obra como contratista ni subcontratista.