Prevención de riesgos laborales Barcelona

Cumplimiento Normativo

El cumplimiento normativo (compliance) va hoy mucho más allá de la prevención de riesgos laborales. Por ejemplo, la Ley 2/2023 obliga a implantar un canal de denuncias interno. Además, el artículo 88 de la LOPDGDD reconoce el derecho a la desconexión digital. Por otro lado, el RD 901/2020 exige planes de igualdad en empresas de 50 o más trabajadores. Asimismo, el artículo 31 bis del Código Penal responsabiliza penalmente a las personas jurídicas que no cuenten con un modelo de prevención de delitos. A esto se suman el registro retributivo, la protección de datos y las obligaciones sectoriales específicas. Por eso, en Unión Gestora ayudamos a tu empresa en Barcelona y toda Cataluña a identificar qué obligaciones de cumplimiento normativo le afectan. También te ayudamos a implantarlas de forma práctica y a mantenerlas actualizadas. Así evitas sanciones que, en algunos casos, superan el millón de euros.

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¿Qué es el cumplimiento normativo empresarial?

El cumplimiento normativo, o compliance, es el conjunto de políticas y controles que permiten a una empresa cumplir con la ley. Además, le permite demostrarlo ante la Administración, sus clientes y sus trabajadores. En el ámbito laboral y societario español, incluye varias materias. Por ejemplo, la prevención de riesgos laborales, la protección de datos y la desconexión digital. También incluye el canal de denuncias, la igualdad retributiva y la prevención de delitos. No se trata de un documento único. Por el contrario, es un sistema vivo que debe revisarse cuando cambia la normativa o la actividad de la empresa.

Canal de denuncias: la Ley 2/2023 de protección al informante

Desde el 13 de junio de 2023, la Ley 2/2023 obliga a implantar un canal de denuncias interno. Esta obligación afecta a las empresas de 50 o más trabajadores y a las entidades del sector público. También afecta a empresas de sectores regulados, como la prevención de blanqueo de capitales o los servicios financieros. Además, el canal debe garantizar la confidencialidad del informante. También puede permitir denuncias anónimas, si la empresa lo decide, y debe contar con un responsable del sistema interno de información. Las empresas de entre 50 y 249 trabajadores tuvieron de plazo hasta el 1 de diciembre de 2023 para implantarlo. El incumplimiento se sanciona como infracción grave o muy grave. Por eso, las multas pueden alcanzar el millón de euros en los casos más graves. En Unión Gestora diseñamos, implantamos y gestionamos tu canal de denuncias conforme a la ley.

Desconexión digital: el derecho a desconectar fuera del horario laboral

El artículo 88 de la LOPDGDD reconoce el derecho de los trabajadores a la desconexión digital fuera de su jornada. Así se garantiza el respeto a su tiempo de descanso, sus permisos y sus vacaciones. Por ello, toda empresa debe elaborar una política interna que defina cómo se ejerce este derecho. Antes de aprobarla, es necesaria la audiencia previa de la representación legal de los trabajadores. Es especialmente relevante en el teletrabajo, regulado por la Ley 10/2021. De hecho, es una de las obligaciones de cumplimiento normativo que más consultas genera. Por eso, te ayudamos a redactarla e implantarla de forma adaptada a tu actividad.

Protección de datos: otra pieza clave del cumplimiento normativo

El Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la LOPDGDD obligan a toda empresa que trate datos personales de clientes, empleados o proveedores. En concreto, exigen contar con un registro de actividades de tratamiento y cláusulas informativas conformes. También exigen medidas de seguridad adecuadas y, en determinados casos, un delegado de protección de datos. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) puede imponer sanciones de hasta 20 millones de euros. Asimismo, puede sancionar con el 4% de la facturación anual global en las infracciones más graves. Por eso, revisamos y adecuamos la política de protección de datos de tu empresa. Esto incluye la gestión de brechas de seguridad y las relaciones con encargados del tratamiento.

Cumplimiento normativo en igualdad: plan de igualdad y registro salarial

La Ley Orgánica 3/2007 y el RD 901/2020 obligan a las empresas de 50 o más trabajadores a negociar un plan de igualdad. Este plan requiere su correspondiente diagnóstico y registro en el REGCON. Además, el RD 902/2020 de igualdad retributiva obliga a todas las empresas, sin importar su tamaño, a mantener un registro retributivo actualizado. Así se puede comparar la retribución media por sexo y detectar posibles brechas superiores al 25%. En ese caso, la empresa debe justificar o corregir la diferencia mediante una auditoría retributiva. El incumplimiento se considera infracción grave conforme a la LISOS, con multas de hasta 7.500 euros. Consulta también nuestro departamento jurídico si necesitas acompañamiento en la negociación de tu plan de igualdad.

Qué ocurre si tu empresa no cumple con la normativa

El incumplimiento de las obligaciones de cumplimiento normativo puede acarrear sanciones administrativas. Según la materia, estas van desde varios miles de euros hasta más de un millón. Además, puede generar responsabilidad civil frente a terceros perjudicados. En los supuestos más graves, incluso puede derivar en responsabilidad penal de la propia persona jurídica, conforme al artículo 31 bis del Código Penal. Por eso, contar con un programa de compliance adecuado es tan importante. De hecho, la ley lo tiene en cuenta como atenuante o incluso como eximente de esa responsabilidad penal. Por lo tanto, conviene abordar el cumplimiento normativo de forma preventiva. Así, un diagnóstico inicial identifica los riesgos reales de tu empresa antes de que se convierta en una sanción.

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FAQ

Preguntas frecuentes sobre cumplimiento normativo

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¿Qué es el cumplimiento normativo y a quién obliga?

El cumplimiento normativo o compliance es el conjunto de políticas y procedimientos que permiten a una empresa cumplir con la legislación laboral, de protección de datos, societaria y penal que le resulta aplicable. Afecta a empresas de cualquier tamaño, aunque algunas obligaciones concretas, como el canal de denuncias o el plan de igualdad, solo son exigibles a partir de un determinado número de trabajadores.

¿Es obligatorio tener un canal de denuncias en mi empresa?

Sí, si tu empresa tiene 50 o más trabajadores, es una entidad del sector público o está obligada por normativa sectorial específica. La Ley 2/2023 fija esta obligación desde el 13 de junio de 2023, con un plazo ampliado hasta el 1 de diciembre de 2023 para empresas de entre 50 y 249 trabajadores. El incumplimiento puede sancionarse con multas de hasta 1.000.000 de euros.

¿Qué es la desconexión digital y cómo se implanta?

Es el derecho de los trabajadores, reconocido en el artículo 88 de la LOPDGDD, a no atender comunicaciones laborales fuera de su horario de trabajo. Se implanta mediante una política interna, negociada con la representación legal de los trabajadores, que regule su ejercicio, especialmente en situaciones de teletrabajo.

¿Qué sanciones existen por no cumplir con el RGPD o la LOPDGDD?

La Agencia Española de Protección de Datos puede imponer sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global de la empresa, según la gravedad de la infracción. Las infracciones más habituales están relacionadas con la falta de información a los interesados, medidas de seguridad insuficientes o la ausencia de registro de actividades de tratamiento.

¿Necesito un plan de igualdad o solo el registro salarial?

El plan de igualdad es obligatorio para empresas de 50 o más trabajadores, mientras que el registro retributivo es obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño. Si tu empresa tiene menos de 50 trabajadores, puede que no necesites un plan de igualdad, pero sí debes mantener actualizado el registro salarial y justificar cualquier diferencia retributiva superior al 25% entre hombres y mujeres.

¿Qué pasa si mi empresa no cumple con la normativa de compliance?

Dependiendo de la materia incumplida, tu empresa puede enfrentarse a sanciones administrativas de distinta cuantía, responsabilidad civil frente a terceros y, en los casos más graves, responsabilidad penal de la persona jurídica conforme al artículo 31 bis del Código Penal. Contar con un modelo de organización y gestión adecuado reduce este riesgo y puede actuar como atenuante.