Prevención de Riesgos Laborales
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PLAN DE CULTURA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
El motivo de la presente circular es la de informaros sobre la última normativa obligatoria vigente de su sector, la que regula la Cultura de Seguridad Alimentaria
según el Reglamento Europeo 2021/382 de la comisión del 03/03/2021, publicada en el BOE el 4 de marzo, que entró en vigor el 24/03/2021.
PLAN DE CULTURA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
Plan de Cultura de Seguridad Alimentaria
Según el Reglamento Europeo 2021/382 de la comisión del 03/03/2021, publicada en el BOE el 4 de marzo, que entró en vigor el 24/03/2021.
La Consejería de Sanidad y la Delegación del Gobierno ha reforzado los protocolos de higiene y desinfección desarrollados hasta el momento para intensificar la seguridad alimentaria debido al crecimiento de los casos de intoxicación.
Están pidiendo que todas las empresas de hostelería (hoteles, hostales, bares y/o restaurantes) y establecimientos que presentan alimentos sin envasar a los
consumidores, faciliten la información de las sustancias alérgenas y que producen intolerancias alimentarias e implanten de manera correcta los Planes de los APPCC
(Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos) y procedimientos sobre:
- Gestión de alérgenos
- Control de temperaturas
- Control de la limpieza, desinfección y de plagas
- Trazabilidad de los productos
- Eliminación de los residuos
- Control del agua
- Mantenimiento de las instalaciones y equipos.
Se exige, además, un compromiso legal y ético tanto por parte del empresario como por parte de los trabajadores.
Para ello nuestro equipo técnico está evaluando si nuestros clientes cumplen o no con dicha normativa, quienes se pondrán en contacto con Vd. para poder verificar punto por punto el cumplimiento de la normativa requerida.
Una vez evaluado, le informaremos de si está cumpliendo con dicha normativa o si no lo está, informándole que si no lo está cuáles son las disconformidades o que debe
realizar para cumplir con dicha normativa, informándole también de la formación requerida que deben realizar los trabajadores para cumplir con dicha normativa,
formación que una vez realizada se bonifica su importe, documentación que se entrega al asesor o gestor para que descuente su importe de los Seguros Sociales.