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FAQ

Preguntas frecuentes sobre la defensa ante Inspección de Trabajo

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¿Puede la Inspección de Trabajo presentarse sin avisar?

Sí. El inspector puede entrar sin aviso previo en cualquier centro de trabajo mientras haya actividad. Si el centro coincide con el domicilio de una persona, necesita su consentimiento o una autorización judicial. Durante la visita puede pedir documentos, hablar con la plantilla y tomar fotografías. Lo mejor es atenderle con normalidad, designar a una persona responsable y avisarnos para preparar lo que venga después.

¿Qué plazo tengo para presentar alegaciones a un acta de infracción?

Por regla general, 15 días hábiles desde el día siguiente a la notificación. El plazo aparece en la propia acta. Te recomendamos no apurarlo, porque necesitamos tiempo para revisar la documentación y reunir pruebas.

¿Es obligatorio contar con un abogado para la defensa ante Inspección de Trabajo?

No es obligatorio en la vía administrativa, y la empresa puede presentar sus alegaciones por su cuenta. Sin embargo, un escrito bien fundamentado mejora mucho las opciones de reducir o anular la sanción, sobre todo cuando hay cuestiones técnicas de prevención de por medio.

¿Qué diferencia hay entre un requerimiento y un acta de infracción?

El requerimiento te pide aportar documentación o corregir algo en un plazo, y no es una sanción. El acta de infracción, en cambio, abre un procedimiento sancionador con una propuesta de multa. Atender bien un requerimiento puede evitar que termine en acta.

¿Se puede recurrir una sanción de la Inspección de Trabajo?

Sí. Después de las alegaciones, si la autoridad laboral dicta una resolución sancionadora, puedes presentar recurso de alzada en el plazo de un mes. Si también se desestima, queda abierta la vía judicial.

¿Qué pasa si no atiendo un requerimiento de la Inspección?

No atenderlo puede considerarse obstrucción a la labor inspectora, que es una infracción con su propia sanción. Además, pierdes la ocasión de aclarar los hechos. Si no llegas a reunir la documentación a tiempo, es mejor pedir una ampliación del plazo y explicar el motivo.

¿Cuánto puede costar una multa por incumplir la prevención de riesgos laborales?

Depende de la gravedad. Según la LISOS, las infracciones leves van de 45 a 2.450 €, las graves de 2.451 a 49.180 € y las muy graves de 49.181 a 983.736 €. Dentro de cada tramo influyen el número de trabajadores afectados, la peligrosidad de la actividad o si ya hubo requerimientos previos. Una buena defensa ante Inspección de Trabajo puede discutir precisamente esa graduación.

¿Hasta cuándo puede la Inspección sancionar hechos pasados?

En materia laboral, las infracciones prescriben en general a los tres años. En prevención de riesgos laborales, el plazo es de un año para las leves, tres para las graves y cinco para las muy graves. Por eso conviene tener la documentación de años anteriores bien guardada.