Con las primeras olas de calor llega una obligación que muchas de tus empresas cliente quizás aún no tienen sobre la mesa: el RD-ley 4/2023 (que modifica el RD 486/1997) obliga a adaptar las condiciones de trabajo ante episodios de altas temperaturas.
Para que puedas anticipárselo a tus empresas, hemos preparado un recurso breve y sencillo: una autoevaluación de 4 preguntas que, al terminar, indica a cada empresa exactamente qué actuaciones preventivas debe poner en marcha.
Debes controlar tu empresa preguntándote estas cuestiones:
Que la persona trabajadora esté expuesta a altas temperaturas puede suponer un riesgo importante para su seguridad y su salud (p. ej. deshidratación, calambres, síncopes, agotamiento excesivo, golpe de calor) y es necesario adoptar medidas preventivas específicas para garantizar su protección.
- ¿Sabes si alguna persona en tu empresa puede ser vulnerable frente a la exposición a altas temperaturas?
- Mujeres embarazadas, personas con enfermedades cardiovasculares o respiratorias y personas con obesidad mórbida son algunas de las consideradas vulnerables frente a la exposición a altas temperaturas.
- ¿Efectúas mediciones de estrés térmico?
- Las mediciones de estrés térmico permiten determinar el nivel de riesgo al que está expuesto el personal y te ayudan a planificar y organizar los trabajos con seguridad.
- ¿Dispones de un plan de actuación específico frente a los episodios de altas temperaturas?
- Es necesario que dispongas de un plan de actuación por escrito en el que se definan las medidas preventivas técnicas, organizativas, de vigilancia de la salud y las actuaciones en caso de emergencia a llevar a cabo durante los episodios de altas temperaturas.
Si en algún caso tu respuesta es no, contacta con nosotros y te asesoremos sin compromiso alguno para cumplir con al normativa.
