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Ley 2/2023, de 20 de febrero, CANAL DE DENUNCIAS

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, es una normativa que tiene como objetivo proteger a las personas que denuncian infracciones de la legislación de la Unión Europea.

Esta ley se basa en la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo y su finalidad es establecer un marco legal que permita la denuncia de este tipo de infracciones de forma segura y protegida.

El ámbito de aplicación de la Ley 2/2023 es amplio, ya que se aplica a todas aquellas personas, ya sean trabajadores, funcionarios públicos, autónomos o cualquier otra persona que tenga conocimiento de una infracción normativa. Además, también se aplica a todas las entidades que operen en el territorio español, sean empresas privadas o públicas.

Su principal figura es la del informante, que es quien denuncia las irregularidades a través del canal de denuncias, objeto principal de esta nueva legislación. Este canal, denominado Sistema Interno de Información, tendrá por objeto la comunicación de las infracciones.

Una de las medidas más destacadas de esta ley es la obligación de las empresas de más de 50 empleados de disponer de un sistema interno de información o canal de denuncias que permita a los trabajadores o colaboradores informar de las infracciones que hayan detectado.

Este sistema debe estar diseñado de manera que garantice la seguridad y confidencialidad de la información recibida, así como la protección de los denunciantes. En este sentido, la ley establece que las empresas deben garantizar que no se tomarán represalias contra los denunciantes, y que se les protegerá contra cualquier tipo de discriminación o despido.

PLAZOS DE IMPLANTACIÓN:

  •  1 de diciembre de 2023 si es una empresa de 50 a 249 empleados o administración pública de un municipio de menos de diez mil (10.000) habitantes
  • 13 de junio de 2023 si es una empresa de 250 o más empleados o administración pública de municipios de más de diez mil (10.000) habitante.

Se establece un marco de sanciones para aquellas empresas que no cumplan con sus obligaciones en materia de protección de los denunciantes.

Se considera infracción muy grave el incumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información, y se establecen multas que van desde 600.001 a 1.000.000 euros para las personas jurídicas.

Características

Garantías adecuadas de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones y que se trate acorde a la protección de datos.

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